Juez del Tolima desafía precedente judicial y genera debate

¿Injusticia o legalidad? La Juez del Tolima encendió la polémica al apartarse del precedente judicial establecido.
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La Comisión Nacional de Disciplina Judicial resolvió el recurso de apelación presentado contra una decisión interlocutoria de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Tolima. Mediante esta, se decretó el archivo de la investigación contra la juez del Tolima de Segunda Promiscua Municipal del municipio de Saldaña.

El caso giró en torno a la prescripción de un proceso de simulación por deuda. De esta forma, la Corte Suprema de Justicia, el 12 de diciembre de 2022, estableció nuevos parámetros. El objetivo fue el de definir su vencimiento, fijando en diez años los términos para la prescripción ordinaria a través de la sentencia SC1971-2022. Sin embargo, la funcionaria se apartó de este precedente, lo que generó una queja en su contra.

Según el denunciante, la juez vulneró su derecho al debido proceso al mantener apagada la cámara durante una audiencia llevada a cabo el 5 de mayo de 2023.

«La autonomía de los funcionarios judiciales para apartarse de los precedentes es fundamental, siempre y cuando se motiven adecuadamente las razones para hacerlo», expresó la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

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Análisis de la actuación de la juez del Tolima

Tras un exhaustivo análisis del caso de la juez del Tolima, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial concluyó que sobre la decisión de la juez. Se declaró que la misma no fue arbitraria, caprichosa ni parcializada.

Además, se determinó que se adoptó teniendo en cuenta las pruebas legalmente obtenidas en el curso de la actuación. Por otro lado, se permitió a las partes ejercer su derecho de defensa y contradicción.

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Respecto al uso de la cámara durante la audiencia, se determinó que no hubo transgresión a los derechos fundamentales. Esta conclusión se tomó porque estuvo apagada al momento de dictar sentencia, previa advertencia a los presentes sobre la situación.

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en consonancia con la independencia judicial y el respeto al debido proceso, confirmó el auto interlocutorio proferido por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Tolima. Por ende, se dispuso la terminación y archivo del proceso contra la Juez Segunda Promiscua Municipal de Saldaña, de acuerdo con lo establecido en la ley y los postulados de la Corte Constitucional.

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«Es imperativo garantizar que las decisiones judiciales se tomen con base en la ley y los principios de justicia, respetando siempre la independencia judicial y los derechos fundamentales de las partes involucradas», concluyó la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

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