JEP niega amnistía a exFARC por atentado contra Fernando Londoño

La JEP negó la amnistía a Carlos Ocampo, exintegrante de las FARC, por el atentado contra el exministro Fernando Londoño. El caso se vinculó a crímenes graves en contextos urbanos y uso de menores.
JEP niega amnistía a exFARC por atentado contra Fernando Londoño
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La Sala de Amnistía o Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió no conceder amnistía al exFARC Carlos Alberto Ocampo Castaño, condenado por participar en el atentado que hirió al exministro Fernando Londoño el 15 de mayo de 2012 en Bogotá. JEP niega amnistía a exFARC por atentado contra Fernando Londoño.

El tribunal determinó que los delitos cometidos —homicidio, tentativa de homicidio, terrorismo y uso de menores— no califican como actos amnistiables. La explosión, que ocurrió en la Calle 74 con Avenida Caracas, causó la muerte del escolta y del conductor del exministro, dejó más de 50 heridos y provocó daños estructurales en el sector.

Víctimas protegidas por el DIH; JEP niega amnistía a exFARC por atentado contra Fernando Londoño

La JEP aclaró que ni Fernando Londoño ni los demás civiles afectados tenían vínculo alguno con el conflicto armado. Según la resolución, “no participaban de manera directa en las hostilidades ni cumplían funciones asociadas al enfrentamiento”, por lo que el Derecho Internacional Humanitario los protegía como población civil.

Atentado contra Fernando Londoño en el 2012.

Esta consideración desvirtúa cualquier intento de justificar el ataque como una acción militar legítima. La jurisdicción señaló que se trató de un crimen que vulneró normas internacionales y debe juzgarse con el máximo rigor del sistema transicional.

Las víctimas no hacían parte del conflicto. No portaban armas ni cumplían funciones militares. El Derecho Internacional Humanitario las protegía. La JEP dejó claro que nadie puede justificar ataques contra civiles.

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ExFARC será investigado por uso de menores y ataques a civiles en contextos urbanos

Carlos Ocampo, también conocido como alias “Pingüi” o “Chiqui”, había sido condenado por la justicia ordinaria a 40 años de prisión. La JEP ordenó vincular su proceso a los macrocasos 10 y 07, que investigan crímenes no amnistiables y el reclutamiento de menores, respectivamente.

Las autoridades señalaron que un menor fue instrumentalizado durante el ataque. Esta información refuerza la gravedad de los hechos y elimina la posibilidad de que Ocampo acceda a beneficios como libertad anticipada o sustitución de penas.

La decisión de la JEP reafirma su mandato de investigar los delitos más graves del conflicto, garantizar justicia y evitar la repetición de hechos violentos contra la población civil.

La JEP reafirma su compromiso con las víctimas. No perdonará crímenes graves ni atentados contra civiles. El caso seguirá en investigación bajo los macrocasos activos. Los responsables deberán responder por sus actos ante la justicia transicional.


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