JEP solicita revisión del ataque de las Farc con «burro bomba» en 1996

Tras asegurar que la SAI evadió hechos importantes que afectan el principio de humanidad por no reconocer a las víctimas, JEP revive el caso.
Procuraduría y JEP reviven caso de 'Burro bomba'-Redes sociales
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El Ministerio Público solicitó a la sección de apelación de la JEP recalificar el caso ocurrido en Ovejas Sucre que dejó 11 policías muertos tras ataques de las Farc.

El frente 35 de las Farc llevó a cabo una acción militar el 12 de marzo de 1996 en el corregimiento de Chalán, pues camufló una bomba bajo una carga de plátanos transportada por un burro que desafortunadamente dejó 11 policías muertos.

¿Por qué este hecho vuelve a ser noticia?

Pues bien, la Procuraduría General de la Nación apeló la decisión de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Según afirmaciones de la Procuraduría, la SAI no llevó a cabo el estudio integral del caso dejando fuera otro tipo de acciones perpetradas durante el ataque; el cierre de vías de acceso al municipio y la retención de pobladores de la zona.

El procurador de la JEP Jairo Acosta Aristizabal afirmó que el hecho de que no se hubieran hecho las investigaciones correspondientes y se dejaran por fuera hechos como los nombrados anteriormente, influyen en la infracción del principio de humanidad.

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“El problema se subsanaría con la evaluación integral del caso de cara a la totalidad de los principios de conducción de las hostilidades” Documento de apelación

Según el documento de la Procuraduría tomó relevancia cuando se inició a analizar el fenómeno de macrovictimización debido a que no se puede pensar que las únicas víctimas fueron los policías, sino que también la población civil por los daños que afectaron instalaciones y demás.

“Para la Procuraduría el análisis global de los hechos permitirá que el concepto de víctima sea lo más amplio y garantista, haciendo posible que los reconocimientos y acreditaciones se den no solo a los familiares de los policías asesinados, sino a la población perjudicada por el ataque terrorista”, explicó el documento de apelación

Por otra parte, el procurador solicitó que el caso se estudie bajo el Derecho Internacional Humanitario, que armoniza las convenciones de la Haya y Ginebra, lo que permitirá analizar los hechos a partir del principio de premisión que no fue previsto por la JEP.

En discordia con lo que aseguró la JEP, la Procuraduría afirma que sí se puede inferir «tanto la eventual existencia de una función continua de combate por parte de los policías, como una ventaja militar concreta y directa, derivada de la presencia de armamento de largo alcance (12 fusiles Galil, 5 revólveres calibre 38) en el comando, lo cual convertiría a los policías de esa estación en objetivo militar»

Para Jairo Acosta Aristizabal el problema que encontró el Ministerio Público se “subsanaría con la evaluación integral del caso de cara a la totalidad de los principios de conducción de las hostilidades, ya que la Sala dejó de lado el análisis de los otros daños causados”.

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