La Corte Constitucional tumbó la intervención administrativa que la Superintendencia Nacional de Salud había impuesto sobre la EPS Sanitas desde abril de 2024. El alto tribunal falló a favor del Grupo Keralty, al considerar que la Supersalud violó el derecho al debido proceso de las entidades afectadas. Intervenciones: el efecto dominó tras el fallo de la Corte sobre Sanitas.
La decisión, contenida en la Sentencia SU-277 de 2025, fue liderada por el magistrado Juan Carlos Cortés González. El fallo deja sin efectos las resoluciones que dieron origen y prórroga a la medida, lo que obliga a cesar de inmediato toda acción de vigilancia especial o toma de posesión vigente.
La intervención había sido cuestionada por distintos sectores desde su origen. Ahora, Sanitas, que cuenta con más de 5,7 millones de afiliados, retoma sus operaciones con total autonomía administrativa, financiera y estratégica.
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¿Qué viene ahora para los usuarios de Sanitas? Intervenciones: el efecto dominó tras el fallo de la Corte sobre Sanitas
Tras el fallo, Sanitas retoma el control de su operación. Expertos como la abogada Natalia Jaimes consideran que la EPS enfrenta una nueva oportunidad, pero también una gran responsabilidad: corregir los errores acumulados durante y antes de la intervención.
Durante la toma de control por parte de la Supersalud, los problemas estructurales en Sanitas se intensificaron. En 2023, la EPS recibió más de 185.000 quejas, pero en 2024 la cifra ascendió a más de 221.000. Los retrasos en entrega de medicamentos, demoras en autorizaciones y falta de especialistas marcaron este periodo.
“La sentencia no resuelve los problemas de fondo. Eso depende de una gestión técnica, ética y centrada en los usuarios”, señaló Jaimes. Ahora, Sanitas deberá convencer a la ciudadanía y al Gobierno de que puede operar sin intervención.
¿Efecto dominó? Otras EPS podrían beneficiarse del precedente
El caso de Sanitas podría convertirse en un precedente judicial de alto impacto. Juristas y magistrados afirman que la decisión sienta jurisprudencia que podría ser utilizada por otras EPS intervenidas —como Nueva EPS, Coosalud, Emsanar y Famisanar— para exigir la nulidad de sus procesos.

Aunque la Corte protegió el debido proceso, no deslegitimó del todo las facultades del Estado para intervenir. De hecho, el magistrado Vladimir Fernández salvó su voto y advirtió que el fallo aún otorga herramientas al Gobierno para nuevas medidas, siempre que estén bien sustentadas legalmente.
El exsuperintendente de Salud, Conrado Gómez, no descarta que la Supersalud pueda subsanar los errores de procedimiento e intentar una nueva intervención. “La decisión abre un debate jurídico y político clave para el futuro del sistema de salud”, afirmó.




