Inhabilitan a Víctor Gallo, exalcalde de Tumaco

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La Procuraduría General de la Nación confirmó, parcialmente, en segunda instancia, la sanción impuesta al exalcalde del municipio de Tumaco, en el departamento de Nariño, Víctor Arnulfo Gallo Ortíz, quien, según el ente de control “se vio envuelto en malas prácticas al celebrar un convenio saltándose las normas que rigen la contratación estatal”.

El fallo de segunda instancia confirmó su responsabilidad en violación a las normas de la contratación, indicaron desde el ente de control.

Según la Procuraduría, el hecho que puso en la picota pública al exmandatario del municipio de Tumaco tiene que ver con el convenio C059 DE 2015 que, supuestamente, contemplaba un proyecto de connotación tecnológica e innovación científica pero que al final resultó siendo una obra.

Según el ente de control, el proyecto, con una inversión de 2 mil millones de pesos, no tuvo diseños técnicos ni presupuestales ni una interventoría por lo que el exfuncionario “vulneró el principio de planeación”, advierte el Ministerio Público.

De acuerdo a la Procuraduría, sumado a esto, el exalcalde desatendió normas de la contratación pública que especifican que un contrato de obra debe realizarse bajo la modalidad de licitación pública y “amañó el proyecto a una causal de contratación directa”.

Así mismo, según la Procuraduría, relata en su fallo el ente de control que el investigado “acomodó el procedimiento para celebrar el convenio y ordenar el desembolso de los recursos sin atender el estudio de diseños, planos, cantidades de obra, y demás insumos que hubieran permitido exigir la calidad de la obra”, añade que “tampoco verificó la ejecución ni avance de la misma como estaba estipulado en el convenio”.

Así las cosas, según lo dado a conocer por parte del ente de control, la Sala de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular modificó la destitución e inhabilidad de 20 años, proferida por la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Pasto el 29 de noviembre de 2023, a 18 años al confirmar su responsabilidad en los hechos. Las faltas fueron consideradas gravísimas a título de dolo, señalaron desde la Procuraduría General de la Nación.


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