Durante las elecciones regionales en el municipio de Popayán, se observó el incumplimiento de algunas disposiciones establecidas para su desarrollo, especialmente relacionadas con la presencia de propaganda electoral cerca de los 67 puntos de votación instalados.
El incumplimiento se debe a que la propaganda electoral es toda forma de publicidad realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a favor de partidos o movimientos políticos, listas de candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular, del voto en blanco o de una opción en los mecanismos de participación ciudadana entre otros. (art. 35 ley 1475 de 2011).
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El Código Electoral de Colombia establece ciertas normas para garantizar la transparencia y equidad de los procesos. Una de esas normas es la prohibición de colocar propaganda electoral o publicidad de candidatos en un radio determinado alrededor de los lugares de votación.
Sin embargo, durante la jornada en el municipio de Popayán, se identificaron casos en los que esta disposición no fue respetada completamente. Algunos candidatos y partidos políticos no cumplieron con la regulación y colocaron publicidad cerca de los puntos de votación.
Es importante destacar que este tipo de infracciones debían ser reportadas a las autoridades electorales, como la Misión de Observación Electoral en cabeza de Andrés Chilito, coordinador regional del Cauca, para que tomen las medidas correspondientes. Era responsabilidad de todas las personas velar por un proceso electoral libre de influencias indebidas y promover la participación ciudadana informada y consciente.

