La Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana, a través de la Subsecretaría de Promoción y Fortalecimiento de la Participación, anunció que la Dirección para la Democracia y la Participación Ciudadana y la Acción Comunal, del Ministerio del Interior, adelantará dos jornadas, el 15 y 16 de agosto de 2024, en las cuales los organismos comunales podrán integrarse al Registro Único Comunal (RUC).
El plazo para registrarse en esta plataforma, que sirve para la identificación, ubicación y clasificación de los Organismos de Acción Comunal en el país, vence el 13 de septiembre de 2014. Entre las finalidades y beneficios, señalados en el Decreto Nacional 1501 de 2023, están:
a) Facilitar el acceso a cualquier tipo de información relacionada con su organismo de acción comunal, salvo aquella que sea reservada.
b) Permite la comunicación directa con las entidades que ejercen funciones de inspección, vigilancia y control, así como con las demás entidades del Estado con competencia en la materia y organismos de control.
c) Autogestión para la comunicación: los organismos de acción comunal conocerán de primera mano la oferta institucional de las diferentes entidades estatales para que, de acuerdo con cada una de sus necesidades, puedan saber a qué entidad dirigirse.
d) Capacitación: los organismos de acción comunal podrán conocer y acceder a la oferta institucional de la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal, respecto a las capacitaciones que se brindan.
e) Trámites especiales: los organismos de acción comunal llevarán a cabo cualquier consulta y podrán conocer el estado de cualquier trámite que hayan solicitado de manera directa a través de la plataforma del RUC.
f) Casillero digital: los documentos de constitución y vida jurídica del organismo serán de acceso continuo del organismo de acción comunal; por tanto, podrán descargar en tiempo real los archivos alojados en su usuario sin restricción de cantidad o tiempo.




