El caso de presuntoabuso sexual a una menor de edad por parte de un supuesto brujo ha generado indignación en el municipio de Garzón, Huila. El hombre identificado como Edwin Ancizar Fernández Rincón, de 37 años, fue capturado por las autoridades y puesto a disposición de la justicia.
Según las investigaciones adelantadas por la Fiscalía, Fernández Rincón se habría ofrecido a realizar rituales y hechizos para ayudar a la víctima a reanudar la relación sentimental con su exnovio, cobrando 40.000 pesos a la menor de edad. El proceso habría iniciado con la exigencia de una fotografía de la víctima con su expareja y prendas íntimas.
El presunto abuso
El supuesto brujo habría citado a la menor en una finca ubicada entre los municipios de Garzón y Altamira, donde presuntamente habría sido sometida a diferentes conductas sexuales el 19 de octubre de 2022. Dos días después, Fernández Rincón habría conminado a la víctima a visitarlo en su casa y llevar velas rojas, en donde se presentó una nueva presunta agresión sexual.
Señalamientos
Cada uno de los abusos habría sido justificado por el procesado como la única manera de avanzar en el restablecimiento de la relación de pareja. Tras su captura, la Fiscalía le imputó el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, cargo que no fue aceptado.
Fernández Rincón fue capturado por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) con el apoyo del Ejército y la Policía Nacional en el parque principal de Tarqui (Huila).
Ahora el hombre señalado, desde la prisión, deberá defenderse de los señalamientos, a través de un juicio tanto la Fiscalía como él, podrán presentar testigos y elementos de prueba para demostrar su culpabilidad o inocencia.
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El delito
El delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años es uno de los más graves en Colombia y está tipificado en el artículo 208 del Código Penal Colombiano. Este delito se refiere a cualquier acto sexual realizado por una persona mayor de edad con una menor de 14 años, incluso si la víctima consiente o no. Según el artículo 208 del Código Penal Colombiano, la pena para este delito es de 12 a 20 años de prisión.

															


