Se mantiene nulidad del nombramiento del ministro del Interior

Un fallo declaró nulo el nombramiento del Ministro de Interior del Gobierno anterior por la violación al artículo 4º de la Ley 581 del 2000
Se mantiene fallo que declaró nulo nombramiento del ministro del Interior Daniel Palacios
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Un fallo del Consejo de Estado determinó que el nombramiento del Ministro de Interior del gobierno anterior, Daniel Palacios, violó la cuota mínima de género, que exige que el 30 % de los más altos cargos del Estado sean ocupados por mujeres, por lo que lo declaró nulo.

El nombramiento conllevo a que solo 5 de los 18 ministerios fueran dirigidos por mujeres, lo que equivale a solo el 27,7%, que es inferior al mínimo exigido por el artículo 4º de la Ley 581 del 2000.

Por lo que la entidad judicial reafirmó el fallo que el Tribunal Superior de Cundinamarca declaró nulo el nombramiento de dicho funcionario.

En primera instancia, el Tribunal declaró que el 30% de los 18 ministerios es una cifra compuesta por un número entero y un decimal de 5,4. De acuerdo con el fallo, ello implicaba que, para aplicar la cuota mínima, la cifra se debía aproximar al siguiente número entero, por tratarse de una interpretación más favorable a los intereses del género discriminado, en este caso, el femenino.

Palacios apeló el fallo, con el fin de que el Consejo de Estado reconociera que las circunstancias que originaron la demanda habían desaparecido, en virtud que, con posterioridad al nombramiento del ministro Palacios, fueron designadas otras mujeres en el gabinete. Sostuvo que así lo había previsto la alta corte, que, ante una demanda contra este nombramiento,

El proceso finalizó anticipadamente porque la supuesta violación a la ley de cuotas había sido superada.

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