Estos deudores de la DIAN Colombia podrían ir a la cárcel.

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Aquellos morosos con la DIAN que omitan activos o declaren un menor valor de los activos o declare pasivos inexistentes, podrán verse enfrentados a causas legales motivadas por la dirección de impuestos nacionales y ante la Fiscalía.

Indica la norma avalada en el país que, si el deudor llevó a cabo estas actuaciones, con el propósito de defraudación o evasión por un monto igual o superior 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($1.423 millones en 2025), incurrirá en prisión de 48 meses (cuatro años). Agrega la nueva ley para Colombia que si el valor fiscal de los activos omitidos es superior a 2.500 salarios mínimos (unos $3.558 millones para el 2025), pero inferior a 5.000 salarios mínimos mensuales (cerca de $7.117 millones para este año), la pena en la cárcel se va a incrementar una tercera parte. Finalmente, cuando el engaño sea superior a 5.000 salarios mínimos, las penas que pueden pagar los morosos y evasores de impuestos en Colombia se incrementarán en la mitad.

Hay que recordar que, desde febrero del año pasado, la Corte Constitucional declaró exequibles los artículos que regulan los tipos penales de la Ley 2277 de 2022.


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