¡Esto se sabe! Cárcel para un falso odontólogo por abuso sexual de una menor

Abuso Sexual de una Menor, se trataría de un ciudadano venezolano que ejercía la odontología de manera informal
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La justicia en Bogotá dio un paso importante en la lucha contra la violencia sexual al dictar medida de aseguramiento en centro carcelario para Efraín José Parra, un ciudadano venezolano que ejercía la odontología de manera informal en el noroccidente de la capital. La Fiscalía General de la Nación presentó elementos materiales probatorios que demostraron que el acusado se aprovechó de su posición de confianza para abusar sexualmente de una paciente adolescente. La víctima, que asistía al consultorio con su madre, visitó el establecimiento sola el 1 de diciembre de 2024. Fue en ese momento cuando el hombre, utilizando la fuerza y amenazas, cometió los actos sexuales. Este caso subraya la vulnerabilidad de las víctimas y el compromiso de las autoridades para perseguir estos crímenes.

La Ley Colombiana en Pro de la Protección de Menores

En Colombia, la legislación es clara y contundente frente a los delitos sexuales contra menores. La Ley 1236 de 2008, que modificó el Código Penal, estableció penas más severas para estos crímenes. Por ejemplo, el delito de «acceso carnal abusivo con menor de catorce años» tiene una pena de prisión de 12 a 20 años, mientras que los «actos sexuales con menor de catorce años» tienen una pena de 9 a 13 años. Esto refleja una política de cero tolerancia frente a cualquier forma de abuso, reconociendo que la edad de la víctima agrava la ofensa. Además, la Fiscalía cuenta con la «Unidad Especial de Investigación de Delitos contra Niños, Niñas y Adolescentes» para tratar estos casos con la sensibilidad y el rigor que requieren.

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Investigación y Captura: Un Esfuerzo Conjunto

La rápida actuación de las autoridades fue clave en este caso. La víctima, a pesar de las amenazas, encontró la fuerza para denunciar lo sucedido. En consecuencia, y tras una exhaustiva investigación, la Policía Nacional capturó a Efraín José Parra en la localidad de Suba, en cumplimiento de una orden judicial. Un fiscal le imputó los delitos de acceso carnal violento agravado y acto sexual violento agravado. Aunque el acusado no aceptó los cargos, las pruebas presentadas fueron suficientes para que un juez determinara su reclusión en un centro carcelario, evitando así el riesgo de que el procesado evadiera la justicia.

Riesgos del Ejercicio Ilegal de la Profesión

Este caso no solo resalta el abuso sexual, sino también los peligros de recurrir a servicios médicos informales. En Colombia, el ejercicio ilegal de la odontología está tipificado como un delito, sancionado por leyes como la Ley 35 de 1989 y la Ley 1164 de 2007. Las personas que no tienen un título válido o están suspendidas no pueden ejercer, y hacerlo conlleva severas sanciones. La situación de Parra, quien operaba de manera informal, le permitió un ambiente sin la supervisión y los protocolos de seguridad que se exigen a los profesionales de la salud debidamente registrados, lo que sin duda facilitó el abuso de confianza.

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Un Llamado a la Conciencia y la Prevención

Finalmente, este suceso sirve como un llamado de atención a la sociedad. Es crucial que las familias denuncien cualquier signo de abuso y busquen apoyo en las instituciones competentes como la Fiscalía, la Policía Nacional y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). La atención integral a las víctimas, que incluye apoyo médico y psicológico gratuito, es un derecho fundamental que el Estado debe garantizar. La lucha contra la violencia sexual es una responsabilidad colectiva que exige vigilancia, denuncia y un rechazo categórico a la impunidad.


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