Este dato de la prima de mitad de año será primordial para usted: La prima de servicios es un reconocimiento que las empresas otorgan por el semestre trabajado o de forma proporcional al tiempo laborado, y los empleadores deben pagarla en los meses de junio y diciembre. En Colombia, todos los trabajadores que cumplan las condiciones de un empleado dependiente tienen derecho a esta prestación social, la cual busca compensar la labor desarrollada. Los empleadores tienen como plazo máximo el 30 de junio para efectuar este pago, lo que resalta la importancia de cumplir con esta obligación legal para evitar sanciones y garantizar los derechos laborales.
Este beneficio corresponde a 30 días de salario por año o proporcional al tiempo laborado, y los empleadores deben efectuarlo en dos pagos: en junio y diciembre. Así lo recordó el entonces ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, quien invitó a todos los empleadores a realizar este pago a tiempo para evitar sanciones. Las consecuencias del no pago de la prima de servicios a un trabajador pueden ser severas, incluyendo la imposición de multas que varían de 1 a 5,000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además, los jueces del trabajo pueden ordenar el pago de una indemnización moratoria que equivale a un día de salario por cada día de retraso en el pago.

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La obligación de pagar la prima de servicios se extiende a los empleados de servicio doméstico, una medida definida por la Ley 1788 del 7 de julio de 2016. Esta normativa reconoce plenamente los derechos laborales de quienes prestan servicios como trabajadores del hogar, realizando tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, cuidado de fincas, conducción y niñeras, entre otros. Según la Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH) del DANE, en abril de 2021, los empleados de servicio doméstico sumaban 547,000 personas, lo que representaba un 2.6% del total de los ocupados en el país y subraya la relevancia de esta protección laboral.
Se estima que, para el año 2021, el número de ocupados que recibió este reconocimiento superó los 6 millones de personas. Este cálculo proviene del Grupo de Información Laboral de la Subdirección de Análisis, Monitoreo y Prospectiva Laboral de MinTrabajo, reflejando un incremento respecto a 2020, cuando 5,881,000 de los 22,539,000 ocupados manifestaron haber recibido prima de servicios. Esta cifra demuestra la importancia de la prima de servicios como un componente crucial del ingreso para una parte significativa de la fuerza laboral colombiana.

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Finalmente, la prima de servicios no solo constituye un derecho fundamental de los trabajadores, sino también una herramienta para dinamizar la economía en los meses de junio y diciembre, cuando se inyectan recursos adicionales al consumo. El cumplimiento de esta obligación legal por parte de los empleadores es vital para la protección de los derechos laborales y para el fomento de relaciones laborales justas y equitativas. Las autoridades laborales continúan supervisando el cumplimiento de esta y otras prestaciones sociales para asegurar el bienestar de los trabajadores en Colombia.




