En Tunja, JAC’S tendrán líderes en mayo

Harlizon Manuel Rico Pérez
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La secretaria de Gobierno y Acción Comunal, Elided Ofelia Niño Paipa, informa las decisiones que ha tomado el Ministerio del Interior con el fin de dar garantías para que todas las Juntas de Acción Comunal (JAC) realicen sus elecciones, debido a que, en noviembre pasado, solo el 62% adelantó el proceso, quedando un 38% sin elegir a sus dignatarios.

La sanción

El ministerio señaló que el pasado 18 de diciembre fue sancionada la Ley 2166 “por medio de la cual se deroga la Ley 743 de 2002, se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia, en lo referente a los Organismos de Acción Comunal y se establecen lineamientos para la formulación e implementación de la Política Pública de los OAC y de sus afiliados, y se dictan otras disposiciones”.

La modificación

“Con la entrada en vigor de la nueva ley comunal, algunas de las disposiciones de la Ley 743 fueron modificadas. Entre estas, vale la pena traer a colación, la modificación del texto del artículo 32, el cual contemplaba las fechas de elección de dignatarios”, explicó Niño Paipa.

La solicitud

Por otro lado, Niño indicó que “El Presidente de la Confederación Nacional de Acción Comunal solicitó al Ministerio del Interior el aplazamiento de la iniciación del periodo y posesión de las JAC, así como de las Juntas de Vivienda Comunitaria para el día primero de julio de 2022”.

Las cifras

Se argumentó que solo se eligieron el 62% de las JAC del país, quedando por adelantar el proceso un 38%, lo que representa 28.000 JAC y Juntas de Vivienda, aproximadamente, situación que hace imposible, en muchos territorios, la elección de asociaciones comunales, municipales y distritales, pues muchos delegados no han sido escogidos y quienes atienden los temas comunales son contratistas y su periodo culminó el 31 de diciembre pasado, panorama que, prácticamente impidió que pudieran tener los autos de reconocimiento de esas JAC y los certificados de los delegados para el primero de febrero de 2022, lo que imposibilitaría la posesión de éstos e impediría la elección de los dignatarios de las asociaciones en las fechas establecidas.

La facilidad

Por este motivo, para el Ministerio del Interior es necesario facilitar la elección de los dignatarios de los OAC en primer grado, que no lograron desarrollar su proceso electoral conforme al cronograma señalado, garantizando una participación efectiva de los organismos en las Asociaciones de JAC y grados subsiguientes.


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