En Neiva: iba con las ‘bichas’ y los nervios lo delataron

Juan David Santibáñez Horta, fue detenido debido a que en un registro personal, los agentes le hallaron en su poder 89 papeletas de bazuco, listo para ser comercializado. Ahí le leyeron los derechos.
El sujeto fue detenido.
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Por el delito de Fabricación, Porte y Tráfico de Estupefacientes, quedó privado de la libertad, Juan David Santibáñez, quien será presentado ante un Juez de Control de Garantías.

La aprehensión de esta persona se dio en el barrio San Miguel Arcángel, oriente de la capital opita.

Los impulsos

En cuanto a este caso, se conoció que las autoridades se encontraban realizando labores de patrullaje y al solicitar a esta persona, el sujeto se habría colocado nervioso, por lo que lo solicitaron para un registro.

Ahí los agente le realizaron una requisa y le encontraron en su poder una bolsa transparente que en el interior tenía 89 dosis de bazuco.

Fue arrestado

Los agentes le leyeron los derechos que tenía, le confiscaron la ‘droga’ y lo condujeron a las instalaciones de la URI de la Fiscalía.

Ahora el sujeto de 27 años de edad, se encuentra a la espera de que le sea resuelta su situación judicial.

Consumo creciente

El Observatorio de Drogas en Colombia reveló que el consumo de drogas ilícitas ha aumentado en el país, pues fuera de que cada vez son más las personas que lo hacen, el mercado del microtráfico ha ampliado su gama de sustancias. Según la información emitida, al menos tres millones de personas han consumido drogas ilícitas en el territorio nacional.

La marihuana es la sustancia más consumida en Colombia (un 87 por ciento de los consumidores la prefieren), con igual tendencia en el mundo; le siguen la cocaína, el bazuco y el éxtasis.

La dosis mínima

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aclaró que para determinar si existe un delito en cuanto a la dosis mínima que tiene una persona, no se debe definir por la cantidad sino por la finalidad con la que se portan dichas sustancias.

Es decir, una persona podría portar más de la dosis mínima si es para su uso personal, ya que, en concepto de la Corte, el delito sería si estas sustancias van a ser comercializadas.

Recalcó la Corporación que no es necesario demostrar que existe una adicción para el consumo y porte de la dosis mínima ya que, hay personas que pueden ser consumidores ocasionales.


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