El siniestro vial que dejó afectado al motociclista, tuvo ocasión en la calle 21 con carrera 6 de la capital opita.
En relación a la caída del conductor, se conoció que no alcanzo a ver el cráter que se encontraba y ya cuando pensó esquivarlo, era difícil realizar una maniobra evasiva, y al caer en el, la dirección se descontrolo y se ‘desplomó’ al suelo, donde quedó lesionado.
Luego de ser reportada la emergencia, arribaron al lugar los paramédicos de Samed, quienes auxiliaron al afectado y lo condujeron a las instalaciones de la Clínica Uros, donde recibió atención médica.
A responder el municipio
El Consejo de Estado, máxima autoridad judicial en lo contencioso administrativo, ha señalado que las entidades estatales deben responder por todos los perjuicios que se causen a los usuarios de las vías por el mal estado de estas, su inadecuada señalización o la existencia de obras inconclusas que no cuenten la debida señalización que prevenga a los actores de la vía del riesgo que regeneran.
Por esto, una vía mal señalizada o en mal estado implica, necesariamente, una falla en el servicio que hace responsable a las entidades estatales de todos los perjuicios causados a terceros como consecuencia del incumplimiento de sus deberes legales.




