Este viernes la cuenta de X ‘Zurdos de Corazón’ dio a conocer unos documentos en los que, al parecer el senador del Centro Democrático, Miguel Uribe Turbay, tuvo un contrato con la Gobernación de Cundinamarca hasta siete meses antes de las elecciones al Congreso, de ser así y lograr comprobar dicha acusación, indicó la cuenta que “el senador quedaría inhabilitado por presta sus servicios en una entidad pública”.
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“¿Sabían que Miguel Uribe Turbay tuvo un contrato con la Gobernación de Cundinamarca hasta siete meses antes de las elecciones al Congreso? ¿Causal de inhabilidad a la vista? Entre sus obligaciones se incluyó la supervisión de contratos. Pero además desarrolló actividades con ministros y entidades de la presidencia encaminados a la realización de políticas sobre la población migrante y vulnerable”, indicó la cuenta de X.
De igual manera comentó: “Por lo cual, además, habría ejercido autoridad y civil a pesar de ser contratista, pues sus funciones incluían hacer recomendaciones y proyectos de ley encaminado a dirigir de una u otra forma una importante población”, dejando ver algunos documentos claves.

¿Sabían que Miguel Uribe Turbay tuvo un contrato con la Gobernación de Cundinamarca hasta siete meses antes de las elecciones al Congreso?
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Es de recalcar que según el reglamento se dice: “De acuerdo con lo señalado en el artículo 179 de la Constitución Política, no podrá ser elegido Congresista quien haya intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas, o en la celebración de contratos con ellas en interés propio, o en el de terceros, o haya sido representante legal de entidades que administren tributos o contribuciones parafiscales, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la elección. Las inhabilidades previstas en los numerales 2, 3, 5 y 6 se refieren a situaciones que tengan lugar en la circunscripción en la cual deba efectuarse la respectiva elección.

Se debe tener en cuenta, que lo que constituye causal de inhabilidad es la intervención en la celebración de contratos y no su ejecución. En consecuencia, puede inferirse que la fecha que se debe tener en cuenta para que se configure la causal de inhabilidad relacionada con la celebración de contratos es el momento de su suscripción y no su ejecución”.
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«Inicialmente el contrato fue hasta octubre del 2021, pero terminó anticipadamente el 21 de agosto de 2021. Las elecciones al congreso se realizaron del 21 de marzo de 2022. ¿No se supone no debía tener contratos con el estado por lo menos un año antes de elecciones?», dijo la cuenta.
🚨Inicialmente el contrato fue hasta octubre del 2021, pero terminó anticipadamente el 21 de agosto de 2021.
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Las elecciones al congreso se realizaron del 21 de marzo de 2022.
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