El gobierno de Gustavo Petro enfrenta un escenario jurídico complejo tras emitir el decreto 0639 de 2025, con el que convocó a una consulta popular sin el aval del Congreso. Este movimiento generó una lluvia de demandas: 4 en la Corte Constitucional y 16 en el Consejo de Estado. Sin embargo, un precedente clave podría marcar el rumbo de este caso: el plebiscito de paz de 2016. El plebiscito de 2016: clave en la batalla jurídica por el ‘decretazo’ de Petro.
En aquel momento, el gobierno de Juan Manuel Santos también expidió un decreto para convocar a un mecanismo de participación ciudadana. En esa ocasión, el Congreso sí aprobó previamente la iniciativa. Aunque la oposición demandó el decreto, la Corte Constitucional determinó que tenía competencia para revisar su legalidad y terminó avalando el proceso.

Este antecedente cobra relevancia ahora que la Corte decidirá si puede ejercer un control previo sobre el ‘decretazo’ o si debe esperar hasta después de la consulta convocada para el 7 de agosto.
Dos cortes, una disputa por la legalidad
Las demandas contra el decreto de Petro provienen de sectores políticos, congresistas opositores y posibles candidatos presidenciales. Alegan que el Gobierno se saltó la autorización del Senado, exigida por el artículo 104 de la Constitución, y que el decreto vulnera el principio de separación de poderes.
Eduardo Montealegre, actual ministro de Justicia y uno de los principales defensores del decreto, asegura que el Senado no negó la consulta válidamente y que el Consejo de Estado no tiene competencia en el caso. La apuesta del Ejecutivo es limitar la revisión de la Corte Constitucional a después de la votación, lo cual generó controversia entre los magistrados.
En medio de este pulso jurídico, el Consejo de Estado mantiene su postura: sí tiene competencia para evaluar si el Gobierno violó la Constitución al omitir el paso por el Congreso.
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¿Medida cautelar en camino? El plebiscito de 2016: clave en la batalla jurídica por el ‘decretazo’ de Petro
La Corte Constitucional ya recibió una demanda contra el decreto, presentada por la senadora Paloma Valencia. La ponencia le tocó al magistrado Jorge Enrique Ibáñez, un jurista que ha liderado fallos adversos al gobierno. El primer debate será si el tribunal puede frenar el decreto antes de que produzca efectos.
Los magistrados podrían aplicar una medida cautelar, como hicieron en 2023 con la ‘ley de paz total’ y recientemente con la investigación del CNE contra Petro. Según el expresidente de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla, este sería un escenario ideal para suspender el decreto mientras se estudia su legalidad.
La Corte ya ha dicho que tiene el deber de frenar cualquier norma que eluda el control constitucional, incluso si eso implica intervenir antes de su aplicación.




