El médico Carlos Ávila fue capturado por el delito de abuso sexual en Tuluá

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La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 16 años de cárcel contra el médico Carlos Enrique Ávila por acceso carnal violento agravado contra una mujer de la tercera edad en el municipio de Tuluá, Valle del Cauca.

Según el expediente, el crimen ocurrió en la mañana del 25 de agosto de 2015. Para entonces, la mujer tenía 70 años y acompañó a su hermana al consultorio de Ávila, quien ejercía como médico acupunturista.

La adulta mayor había manifestado que la aquejaban dolores en el cuello, por lo que el médico le propuso realizarle algunos masajes, haciéndola pasar al consultorio y recostándola sobre una camilla.

“Era un masaje, aparentemente, terapéutico basado en sus presuntos conocimientos sobre la práctica de la medicina ancestral china y, aprovechando la situación de superioridad que le daba su condición de médico, realizó tocamientos de contenido sexual en sus partes íntimas”, detalló el magistrado Hugo Quintero Bernate, ponente de la sentencia.

La defensa del médico trató de desvirtuar el testimonio de la víctima, argumentado una supuesta ‘actitud complaciente’ o de beneplácito a la práctica sexual porque la adulta mayor no gritó, no pidió ayuda o alertó a sus familiares que esperaban a afuera del consultorio.

En ese sentido, Carlos Enrique Ávila Barbosa fue condenado a 192 meses de prisión y la accesoria de inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena privativa de la libertad. Pero ante esto, la defensa del acusado formuló un recurso de impugnación especial.

Para su mala suerte, la sala de casación penal revocó la sentencia absolutoria proferida por la sala penal del Tribunal Superior de Buga, luego de considerar las pruebas médicas que se le realizaron a la víctima y su testimonio.

Sin embargo, la Corte determinó que “se constituye en un argumento basado en estereotipos de discriminación sexista que omite, entre otras cosas, considerar que un asalto sexual como el que sufrió ella, bien pudo generar algún tipo de conmoción o estado de inhibición emocional que le impidió reaccionar”.


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