Documentos de identificación deberán incluir el género «no binario» en Colombia

El Gobierno Nacional tiene un término de seis meses para implementar este esquema a aquellas personas que no se identifican como hombres o mujeres.
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La Corte Constitucional ordenó al Gobierno y a la Registraduría Nacional que en un término de seis meses debe incluir en cédulas de ciudadanía el género «no binario«, para aquellas personas que no se identifican como hombres o mujeres.

«En conjunto, dispongan todo lo necesario para la puesta en marcha de este esquema de identificación, de modo que las personas no binarias que cumplan los demás requisitos previstos en relación con la corrección del componente sexo, puedan optar por esa categoría, con las mismas garantías de quienes se identifican oficialmente en forma binaria», señala la Corte.

Asimismo, el alto tribunal que si transcurrido ese tiempo, no se ha puesto en marcha ese modo de identificación, estas personas podrán cambiar ante las autoridades competentes la asignación del género no binario en sus documentos de identidad.

Por otro lado, exhortó al Congreso de la República a regular, en un término de dos años, todos aquellos derechos, obligaciones y servicios que encuentran en el sexo o en el género, un criterio de asignación: «lo anterior, con el fin de especificar las condiciones en que la población con identidades de género no binarias accederá a ellos, en forma independiente».


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