
Operativo en Duitama
En el marco de un operativo de registro y control llevado a cabo el lunes 16 de diciembre en el barrio Centro de Duitama, la Policía Nacional detuvo a un hombre de 47 años. La captura fue realizada en cumplimiento de una orden judicial emitida por el Juzgado Penal del Circuito de Bogotá, que lo requería por el delito de acceso carnal o acto sexual abusivo con incapaz de resistir.
Gravedad del delito
Este delito, tipificado en el artículo 210 del Código Penal Colombiano, contempla penas de prisión que oscilan entre 12 y 20 años. La normativa busca proteger a quienes, debido a condiciones físicas o mentales, no pueden resistir actos que atentan contra su libertad e integridad sexual, sancionando severamente a los responsables.
Proceso judicial y sanciones
El procedimiento de captura se llevó a cabo de manera ordenada y conforme a la ley. Tras la aprehensión, el detenido fue trasladado a Bogotá, donde deberá comparecer ante las autoridades judiciales para definir su situación. En las próximas audiencias preliminares podrá ejercer su derecho a la defensa, mientras el proceso avanza conforme a las disposiciones legales.
Reacciones y medidas preventivas
Las autoridades destacaron que operativos como este forman parte de estrategias de seguridad pública que buscan cumplir con órdenes judiciales y proteger a la ciudadanía. Asimismo, recordaron la importancia de denunciar cualquier situación que ponga en riesgo la integridad de personas en condiciones de vulnerabilidad.
Por su parte, expertos en derecho penal resaltan la necesidad de aplicar sanciones ejemplares para combatir la impunidad y prevenir la ocurrencia de estos delitos. Organizaciones defensoras de derechos humanos reiteraron el llamado a fortalecer políticas de prevención y atención para las víctimas de agresiones sexuales en el país, debido al preocupante aumento de estos casos.
«El Código Penal colombiano establece hasta 20 años de prisión para quienes cometan actos sexuales con personas incapaces de resistir.»




