Desde hoy, martes 1 de febrero, los generadores de residuos hospitalarios y similares, deberán contratar directamente los servicios de recolección, transporte, tratamiento y disposición final con un gestor externo autorizado para el manejo de este tipo de residuos.
Cada generador será responsable solidariamente de toda la cadena de gestión de residuos hospitalarios y similares, garantizando así su adecuada disposición para evitar posibles fugas en el manejo de los residuos.
¿Quiénes son generadores de residuos hospitalarios y similares?
Personas naturales o jurídicas que generen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados en desarrollo de las actividades relacionadas con:
- Los servicios de salud (clínicas, centros odontológicos), además de farmacias y droguerías.
- Bancos de sangre, tejidos y semen.
- Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres.
- Bioterios y laboratorios de biotecnología.
- Los servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias, y exhumaciones.
- El servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico.
- Servicios veterinarios: consultorios, clínicas, laboratorios, centros de zoonosis y zoológicos, tiendas de mascotas, droguerías y peluquerías.
- Establecimientos destinados al trabajo sexual y otras actividades ligadas.
- Servicios de estética y cosmetología ornamental tales como: barberías, peluquerías, escuelas de formación en cosmetología, estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines.
- Centros en los que se presten servicios de piercing, pigmentación o tatuajes.




