DENUNCIA CONTRA DIRECTOR DE BOMBEROS

Jean Rene Pineda Palomino, señalado.
[responsivevoice_button voice="Spanish Latin American Male" buttontext="Escuchar Noticia"]
Compartir en

Al parecer, Jean Pineda estaría trabajando también como docente de la universidad del Tolima

En los últimos días se dio a conocer una denuncia en la que se acusa a Jean Rene Pineda Palomino, quien es el director administrativo del cuerpo oficial de bomberos de Ibagué, cargo que según se tiene visto se debe cumplir un horario de trabajo, horario que según pruebas no estaría cumpliendo, pues, al parecer, también estaría trabajando en la Universidad del Tolima como docente.

Caso

Pues a raíz de esto, se sabe que es contratista como funcionario público, que debe cumplir horarios de 8 am a 12 m y de 2 pm a 6 pm. De ahí surgen varias preguntas como la de cómo puede ahora dictar clases en la UT de 6 am a 9 am y de 2 pm a 5 pm, lo cual está evidenciado en el horario oficial de las clases de la Universidad del Tolima el cual es denominado procedimiento de asignación de espacios físicos para pregrado y posgrados, lo cual se puede ver y pedir de manera pública.

A esto se le suma que es el director de la facultad de ciencias políticas y al tiempo coordinador de la MOE en el Tolima, ante esto se evidencia que no estaría cumpliendo con horarios y obligaciones en la administración, a no ser que, se estuviera mintiendo en los informes de cobro de la universidad.

Juicio

Ante esta situación se está pidiendo que entre en investigación por parte de la Procuraduría General de la Nación, pues es considerado un tema disciplinario que puede llevar a consecuencias como la destitución de su cargo y una inhabilidad para ejercer cualquier cargo público.

Finalmente, el DAFP expuso que no existe impedimento para que un servidor público celebre un contrato laboral con una entidad privada que no maneje recursos públicos, siempre y cuando: No preste a título particular servicios de asistencia o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo de la entidad pública donde labora, ni preste servicios de asistencia, representación o asesoría a quienes estuvieron sujetos a la inspección, vigilancia y control o regulación de la entidad, corporación u organismo público al que esté vinculado. 


Compartir en

Te Puede Interesar