En la ponencia que fue radicada en el Congreso el pasado lunes 31 de octubre por parte del Ministerio de Hacienda para la reforma tributaria, el gobierno anunció cuales alimentos serian gravados.
Entre el listado, se cuentan los alimentos que son desarrollados a base de lácteos con adición de azúcar o edulcorantes, a excepción del arequipe, así como los productos ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.
Cabe mencionar que se mantendrá la excepción al salchichón, mortadela, butifarra, las obleas y que, estará libre de impuestos toda donación por parte del productor o importador cuando se realice a los bancos de alimentos.
El listado de alimentos es el siguiente:


Por parte de las bebidas azucaradas se grabarán el yogur, la manteca y las cremas, como también entran los lactosueros, jugos de frutas con adición de azúcar, las mezclas en polvo de café, té o yerba mate y el agua con adición de azúcar, entre otras.
La tarifa del impuesto será del diez por ciento (10%) en el año 2023, del quince por ciento (15%) en el año 2024 y del veinte por ciento (20%) a partir del año 2025.
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