Ojo: para la declaración de renta, estos son los ingresos que debe tener

A la hora de realizar el proceso de la declaración de renta, hay que tener en cuenta que no todos los colombianos deben hacerla.
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La DIAN dispone qué requisitos deben darse para entrar en el grupo de declarantes, y con solo cumplir uno de ellos, se está obligado a presentar el documento.

Si a estas alturas todavía no tiene claro si debe declarar renta, es clave recordar que uno de los requisitos exigidos en Colombia es el nivel de ingresos. Si es de los colombianos que recibió más de 59,3 millones de pesos durante 2023, debe declarar.

En ese orden de ideas, hasta el 24 de octubre los colombianos tendrán que entregar su declaración de la renta. Se trata de un tributo fiscal que consiste en pagar un porcentaje de los ingresos que una persona jurídica o natural ha tenido en un año.

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Particularmente, según dieron a conocer los expertos de BBVA, en 2024 se declarará la renta obtenida un año antes, es decir, 2023, y el organismo que recauda estos impuestos es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

Sin embargo, a la hora de realizar este proceso, hay que tener en cuenta que no todos los colombianos deben hacerla.

Qué es

En la consultora Russell Bedford Colombia dieron a conocer que “se trata de un impuesto que solo las personas residentes fiscales en el país debe pagar. Los extranjeros o los nacionales colombianos con residencia en el país inferior a los 183 días de los 365 días del año no deben hacer este trámite, aunque hay excepciones, como el caso de personas no residentes con patrimonio en el país o que tienen a Colombia como fuente de más del 50% de sus ingresos”.

A la hora de realizar la declaración de la renta, la Dian recoge los requisitos y condiciones que deben darse en una guía, que se actualiza de forma anual con las novedades.

Además, este organismo dispone qué requisitos deben darse para entrar en el grupo de declarantes, y con solo cumplir uno de ellos, se está obligado a presentar el documento.

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Para asalariados, personas naturales y sucesiones ilíquidas, los montos se calculan a partir de la Unidad de Valor Tributario (UVT). Con ello, se establecen los siguientes montos:

Personas con un patrimonio bruto superior a $190.854.000 a 31 de diciembre de 2023; con ingresos brutos iguales o superiores a $59.377.000 durante 2023; pagos con tarjeta de crédito superiores a $59.377.000; o compras y consumos superiores a $59.377.000 durante 2023.

Otras personas

También las personas que realizaron consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a $59.377.000 durante 2023; o los responsables del Impuesto Sobre las Ventas – IVA al cierre del año gravable 2023.

Tampoco estarán obligados a declarar impuesto sobre la renta y complementarios las personas naturales o jurídicas extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubiesen sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 409 del ET y dicha retención en la fuente les hubiere sido practicada.

La Dian informó que el recaudo bruto de impuestos alcanzó $278,9 billones en 2023, lo que representó un crecimiento de 22% frente a los $228,3 billones alcanzados en 2022.


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