La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos a la rectora de la Institución Educativa Senon Fabio Villegas en Villa Rica, norte del Cauca, Danny Luz Escobar, por presunto acoso laboral y trato discriminatorio a una profesora.
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El Ministerio Público investiga la presunta vulneración a los derechos a la integridad y buen trato a la docente Nelly Amparo Delgado, quién al parecer, habría recibido un trato despectivo con ocasión de su edad, su enfermedad y su movilidad, por parte de la rectora del colegio.
Lo anterior podría llegar a constituir acoso laboral y posible vulneración de derechos convencionales fijados en la Convención de Belem do Pará y en la Convención de Washington. De esta manera, la Regional de Instrucción del Cauca calificó provisionalmente la falta del funcionario público como gravísima, a título de dolo.
La Ley establece que los reglamentos de trabajo de las empresas deben tener mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo para superar esos hechos. El acoso laboral se puede entender como todas aquellas prácticas o conductas que buscan hostigar al trabajador, con el fin de amedrentarlo o intimidarlo. También se cataloga cuando hay burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir, formuladas en público. Alusión pública a hechos pertenecientes a la intimidad de la persona. La descalificación humillante y en presencia de los compañeros de trabajo de las propuestas u opiniones de trabajo.
Pero, además, ante un escenario de acoso laboral, la víctima podrá poner en conocimiento del Inspector de Trabajo con competencia en el lugar de los hechos, de los Inspectores Municipales de Policía, de los Personeros Municipales o de la Defensoría del Pueblo, la ocurrencia de la situación. Esa denuncia debe hacerse por escrito detallando los hechos y anexando prueba sumaria de los mismos.




