La Jueza Séptima Penal del Circuito de Neiva condenó en primera instancia a Alix Tatiana Arias Rivas y José Fabier Calderón Pinzón por delitos contra una niña de 12 años en Algeciras, Huila. Los hechos ocurrieron entre octubre y noviembre de 2022 e involucran proxenetismo agravado, acceso carnal abusivo con menor de 14 años y demanda de explotación sexual comercial agravada.
Arias Rivas, cuidadora de la menor, aprovechó la precaria situación económica de la madre para ganarse su confianza. Bajo el pretexto de ofrecerle trabajo vendiendo empanadas y avena, convenció a la familia de que la niña se mudara a su casa en el barrio Las Villas. Allí la indujo progresivamente a la explotación: le explicó sobre planificación familiar, la llevó a un centro médico para iniciarla y le presentó hombres con recursos económicos.
La jueza enfatizó que el delito se configura por la facilitación de la menor en un contexto de explotación, independientemente de un beneficio patrimonial directo. “Lo que se castiga es la facilitación de la infante en un tipo de explotación”, señaló, rechazando la retractación parcial de la víctima como insuficiente para eximir responsabilidad.
Calderón Pinzón fue identificado por la menor como el único agresor. Accedió carnalmente a ella en tres ocasiones en la casa de su madre: el 26 de octubre de 2022 le entregó $600.000 tras vulnerar su virginidad; en encuentros posteriores, $200.000, $50.000 y un celular como “compensación”. Los abusos duraban entre 15 y 20 minutos.
La menor fue consistente en su relato, respaldado por peritajes forenses. La togada resaltó que, por su edad, carecía de madurez para consentir cualquier acto sexual. Ambos condenados enfrentan prisión, prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y restricción para trabajar con menores. La Fiscalía, vía Caivas, aportó pruebas clave en el juicio oral.


