Cuáles son los subsidios funerarios que otorga el Distrito actualmente

Las contribuciones vas dirigidas a personas y/o familias que no cuentan con recursos para afrontar la situación de calamidad.
Alcaldía de Bogotá
[responsivevoice_button voice="Spanish Latin American Male" buttontext="Escuchar Noticia"]
Compartir en

El Distrito, a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP, ofrece a la población en condición de vulnerabilidad o pobreza la posibilidad de acceder a subsidios funerarios del 75, 85 y 100 % en inhumación, exhumación y cremación.

Estas contribuciones van dirigidas a las personas y/o familias que no cuentan con recursos para afrontar la situación de calamidad y deben ser utilizados para los servicios funerarios de destino final en los cementerios propiedad del Distrito: Norte, Sur, Central y Parque Serafín.

Pero, ¿cómo se accede al subsidio funerario?

Acreditar la condición de vulnerabilidad, indicar el servicio funerario que se solicita y radicar en las oficinas de la UAESP, carta o formato de solicitud con nombres y apellidos completos del fallecido y solicitante, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico (si lo tiene).

¿Cómo acreditar la condición de vulnerabilidad?

  • Puntaje de la base de datos del SISBÉN categoría A, B y C
  • Población desplazada – víctimas del conflicto
  • Población habitante de calle
  • Grupos étnicos (indígenas, afros, pueblo palenquero, comunidad gitana o Pueblo Rom, entre otros)
  • Nacionales venezolanos

Requisitos y documentos para la solicitud

Carta de solicitud o formato que contenga:

  • Datos del peticionario
  • Datos del fallecido
  • Servicio y cementerio propiedad del Distrito

Anexar

  • Registro civil de defunción – certificado de defunción
  • Copia de cédula del peticionario
  • Documento con el que se acredite la condición de vulnerabilidad

Condiciones especiales

  • Propietarios de mausoleos – bóvedas, osarios o cenizarios: adjuntar certificado de tradición y libertad o escritura pública
  • Muerte violenta: adjuntar certificado de Fiscalía que autoriza el procedimiento solicitado por el deudo (no mayor a 30 días de vigencia)
  • Proviene de otro cementerio: adjuntar certificado de procedencia de restos o cenizas
  • Restos que se dirigen a otro cementerio: adjuntar certificado del cementerio al cual serán enviados los restos, que den cuenta de este hecho

Tiempos de respuesta

  • Máximo diez (10) días hábiles a partir del recibo de la solicitud y confirmación del cumplimiento de los requisitos, para servicios de exhumación y cremación de restos
  • Un (1) día para los servicios de inhumación o cremación de cuerpos

Para tener en cuenta

  • No se subsidian servicios de sala de velación, laboratorio de tanatopraxia, capillas, cofres ni féretros

Canales de atención

  • Correo electrónico: subsidiosfunerarios@uaesp.gov.co – uaesp@uaesp.gov.co – funerarios@uaesp.gov.co
  • Ventanilla de atención al público: Av. Caracas # 53-80 de 10 a.m. a 3 p.m. Teléfono 3385400 Opción 3
  • Cementerio Central: Cra 20 # 24 – 80 Teléfono: 7449775
  • Cementerio del Norte: Cll 68 # 29 B – 84 Teléfono: 7430093
  • Cementerio del Sur: Cra 27 # 32 – 71 Sur. Teléfono: 3904544
  • Parque Cementerio Serafín: Av Cll 71 sur # 4 – 09 Teléfono: 746 0610

Aquí, una imagen en la que se explica el paso a paso para acceder a los subsidios funerarios:


Compartir en

Te Puede Interesar