Cuáles son los subsidios del Distrito y cómo acceder a ellos en Bogotá | +VIDEO

Entre los requisitos está no ser propietario de una vivienda en el país ni haber recibido ningún tipo de subsidio de esta índole.
Alcaldía de Bogotá
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La Secretaría de Hábitat cuenta con un espacio virtual en que podrás encontrar toda la información relacionada con Acceso a la Vivienda para que las familias de Bogotá se enteren sobre cómo es la ruta que deben seguir para adquirir una vivienda nueva.

En esta página web también se pueden consultar los subsidios de vivienda distritales ofertados por la entidad, así como los programas complementarios.

Pasos para inscribirse a los subsidios de vivienda

¿Cuáles son los requisitos generales para acceder a un Subsidio de Vivienda?

  • No ser propietario de una vivienda en el territorio nacional
  • No haber recibido antes algún tipo de subsidio de vivienda nacional o distrital
  • Tener cierre financiero, es decir, completar el monto total de la vivienda con subsidios, crédito y recursos propios

Subsidio Complementario Mi Casa Ya

Mi Casa Ya es el subsidio complementario de vivienda que se suma al de la Nación y en concurrencia con los de las Cajas de Compensación Familiar, garantiza un mayor acceso a la vivienda propia en Bogotá.

El objetivo es que las familias de menores recursos puedan adquirir vivienda nueva VIS (Vivienda de Interés Social) o VIP (Vivienda de Interés prioritario) en la capital del país.

Este subsidio está dirigido a familias con ingresos hasta 4 SMMLV ($3.634.104) y se denomina como complementario porque se entrega al hogar que obtenga el subsidio de vivienda ‘Mi Casa Ya’ del Gobierno Nacional, es decir, este subsidio distrital se suma al de subsidio de la Nación.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Subsidio Complementario Mi Casa Ya?

  • Tener ingresos mensuales de hasta 4 SMLMV ($3.634.104)
  • No ser propietario de una vivienda en el territorio nacional
  • Acceder a una Vivienda de Interés Prioritario – VIP que no exceda los 90 SMMLV o de Interés Social – VIS que no exceda los 150 SMMLV a través de un crédito hipotecario o leasing habitacional.
  • No estar reportado en las centrales de riesgo

EN EL SIGUIENTE VIDEO DE LA SECRETARÍA DEL HÁBITAT, LA ENTIDAD EXPLICA CÓMO FUNCIONA EL SUBSIDIO COMPLEMENTARIO Y SUS DIFERENTES ESQUEMAS:


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