La Corte Constitucional suspendió provisionalmente el proceso que adelantaba el Consejo Nacional Electoral (CNE) contra el presidente Gustavo Petro, por presuntas irregularidades en la financiación de su campaña presidencial de 2022. La decisión se dio tras admitir una tutela presentada por el mandatario, quien alegó vulneración a su derecho al debido proceso y a su fuero constitucional. Corte detiene investigación del CNE contra Petro por tutela.
A través del Auto 554 de 2025, la Sala Plena del alto tribunal ordenó congelar toda actuación administrativa en curso contra el jefe de Estado, y también detener el conteo de los términos de prescripción, hasta que se emita un fallo definitivo. El proceso, que podría haber culminado en sanciones administrativas, queda en pausa.
La decisión fue adoptada con cinco votos a favor y cuatro en contra, lo que demuestra una división interna en la Corte respecto al alcance del fuero presidencial.
¿Qué alegó Petro en su tutela y por qué es clave esta suspensión?
En la acción de tutela, Gustavo Petro argumentó que el CNE no tiene competencia para investigarlo, dado que la Constitución establece que solo el Congreso, a través de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, puede indagar al presidente. La defensa del mandatario insistió en que permitir esta investigación vulneraba el principio del juez natural.
La Corte acogió esa argumentación de forma parcial, al considerar que existe una controversia jurídica de fondo sobre las competencias del CNE frente al fuero presidencial. Por eso, ordenó frenar el proceso y evitar posibles efectos jurídicos irreversibles mientras se estudia el caso.

Esta decisión no cierra el caso ni exonera a Petro, pero sí detiene cualquier avance hasta nuevo pronunciamiento. La fecha límite de prescripción del proceso, inicialmente fijada para el 19 de junio, también queda suspendida.
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División en la Corte: cuatro magistrados se opusieron; Corte detiene investigación del CNE contra Petro por tutela
La decisión de suspender el proceso no fue unánime. Cuatro magistrados —Jorge Ibáñez, Paola Meneses, José Fernando Reyes y Natalia Ángel— salvaron su voto y lanzaron fuertes críticas. Consideraron que congelar los términos de prescripción representa un riesgo constitucional, y que podría interpretarse como una inmunidad indebida al presidente.
El magistrado Reyes fue enfático: «Ningún juez de tutela puede suspender los términos procesales. Hacerlo atenta contra la seguridad jurídica y la presunción de inocencia». A su juicio, esta suspensión «consolida la impunidad».
El debate sobre quién puede investigar al presidente por hechos electorales vuelve a tomar fuerza. Mientras el Gobierno defiende el fuero como una garantía institucional, sectores de la oposición ven en esta tutela un escudo ante posibles sanciones.
