La Corte Constitucional tomó una decisión en el conflicto que giraba en torno al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso Gómez, y definió cuál será la jurisdicción de paz a la que pertenece y bajo la cual seguirá siendo juzgado.
La Sala Plena del alto tribunal determinó que la jurisdicción de Justicia y Paz será la encargada de continuar con el proceso judicial contra Mancuso, dejando a un lado las reclamaciones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que también había solicitado competencia sobre el caso.
La disputa por la competencia en el caso de Mancuso había sido un tema de gran relevancia desde que el Tribunal Superior de Bogotá presentó el conflicto de competencias ante la Corte Constitucional. La controversia surgió cuando la JEP solicitó la jurisdicción sobre los procesos relacionados con Mancuso, basando su argumentación en la importancia de los testimonios del exjefe paramilitar para garantizar justicia y verdad en el país.
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Sin embargo, la Sala Plena del tribunal constitucional resolvió el caso tras el análisis de competencia entre ambas jurisdicciones y tras votación mayoritaria, 8 a 1, dejó claro que el caso debía ser asumido por Justicia y Paz.
“Luego de constatar la existencia de los presupuestos subjetivo (controversia entre dos autoridades que administran justicia que pertenecen a distintas jurisdicciones), objetivo (existencia de un proceso judicial) y normativo (que las autoridades hayan manifestado las razones por las que se consideran competentes) para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió que la jurisdicción debe asumirla la jurisdicción de Justicia y Paz”, se lee en el comunicado de la Corte.
La Ley 975, conocida como la Ley de Justicia y Paz, fue diseñada específicamente para procesar a miembros de grupos paramilitares que participaron en el conflicto armado colombiano. Mancuso, quien fue uno de los líderes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), se desmovilizó en el marco del proceso de paz promovido por el gobierno de Álvaro Uribe, y, por lo tanto, encaja en la categoría de individuos que deben ser procesados bajo esta legislación.
La @CConstitucional determinó que la jurisdicción de Justicia y Paz será la encargada de continuar con el proceso judicial contra Salvatore Mancuso.
— Mauricio Vanegas (@Marovaan) August 9, 2024
La Sala Plena de la Corte Constitucional argumentó que la jurisdicción de Justicia y Paz, creada para abordar estos casos y que la JEP fue creada posteriormente con un objetivo diferente, por lo cual Justicia y Paz es la encargada de continuar con la investigación y el juzgamiento de Mancuso.
A pesar de que algunos magistrados expresaron votos en contra o se abstuvieron, la decisión de la Corte Constitucional queda firme y marca el final de la disputa entre las jurisdicciones. Esto significa que la jurisdicción de Justicia y Paz ahora tiene la autoridad para determinar el futuro legal de Mancuso.
Cabe recordar que, aunque Mancuso recuperó su libertad el 10 de julio, la Corte aún no había tomado una decisión definitiva sobre la competencia, lo que había generado dudas en el proceder durante las semanas previas a su liberación.
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La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá había ordenado a la jueza Luz Marina Zamora, quien había concedido la libertad de Mancuso, que reconsiderara su decisión y tomara una resolución definitiva.
La jueza Zamora había condicionado la validez de la libertad de Mancuso a la decisión final de la Corte Constitucional sobre el conflicto jurisdiccional. Con la resolución de la Corte, el Tribunal de Bogotá había ganado la facultad de ordenar la liberación inmediata del exjefe paramilitar.
Tras el resultado, que marca un hito jurídico, se espera que haya un pronunciamiento por parte de la JEP y por parte de la jueza Zamora para conocer cuál será el futuro de Mancuso y si habría o no participación de este en próximos espacios de construcción de paz.




