Control al ruido excesivo

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La Administración Municipal, a través de la Secretaría General y de Gobierno, anunció la aplicación estricta de la Ley 2450 de 2025, conocida como Ley contra el Ruido, con especial énfasis en las motocicletas que circulan con escapes modificados o niveles sonoros que afectan la tranquilidad de la comunidad.

Aplicación con rigor

El secretario general y de Gobierno, Alexander Herrera Ortiz, explicó que aunque la ley entró en vigencia el 4 de marzo de 2025 y tuvo una fase pedagógica de varios meses, a partir de este año su implementación será más rigurosa. La norma establece que el nivel máximo permitido es de 86 decibeles y faculta a las autoridades para sancionar a quienes excedan este límite, especialmente en casos de modificaciones prohibidas en los sistemas de escape.

Herrera Ortiz precisó que los conductores que incumplan la normativa podrán enfrentar sanciones económicas de hasta $1.208.000, además de la inmovilización del vehículo cuando se evidencien alteraciones como resonadores, silenciadores perforados o escapes libres que atenten contra la convivencia ciudadana.

Facultades de control

De acuerdo con el secretario, la Ley Antirruido permite la actuación inmediata de la Policía, incluso sin medición técnica en sitio, cuando el ruido sea evidente y manifiesto, respaldándose en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801). Esta disposición fortalece la capacidad de reacción de las autoridades frente a comportamientos que alteran el orden público. En municipios donde no existen organismos de tránsito locales, Herrera Ortiz señaló que la responsabilidad recae directamente en el alcalde como garante del orden y la convivencia, en articulación con inspectores de policía, la fuerza pública y las autoridades ambientales.

El funcionario destacó que la ley empodera a los alcaldes y facilita herramientas claras para sancionar a los infractores, pero insistió en la necesidad de ajustar el Plan de Ordenamiento Territorial para integrar la protección acústica.


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