El alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina, fue puesto contra las cuerdas. En un hecho gravísimo, la Contraloría General de la República ordenó el embargo de sus cinco cuentas en los bancos BBVA, Davivienda y AV Villas, y de siete bienes inmuebles, varios garajes y un apartamento.
De igual manera, se congelaron otras 21 cuentas bancarias de los demás implicados en una presunta red de corrupción que estaría dedicada al saqueo de los recursos públicos en la capital vallecaucana.
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En esa línea, la Unidad Anticorrupción de la Contraloría, encontró irregularidades en el convenio interadministrativo, firmado con la Imprenta Departamental Impretics, hallando un presunto detrimento patrimonial por $1.854 millones.
El 9 de diciembre del 2020, minutos antes de la negociación, el alcalde Jorge Iván Ospina se desligó de futuras culpas con el Decreto 4112.010.20.2061, en el que “declara la responsabilidad en cabeza del Secretario de Seguridad y Justicia”, Carlos Alberto Rojas, delegándolo para que firme el convenio con Fernando Céspedes, gerente de la Imprenta Departamental Impretics.
Dicho contrato consideraba la ejecución de más de $5.740 millones en 21 días, que en realidad fueron 14. El objetivo era sumar esfuerzos para el mantenimiento preventivo del sistema de cámaras de videovigilancia en Cali, el cual es operado por la Policía Metropolitana a través del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad.
Al parecer, Rojas había elegido a dedo a Impretics el 2 de diciembre de ese año para ejecutar el contrato; designando al subsecretario de la Política de Seguridad, Guillermo Londoño, para que hiciera la supervisión del acuerdo entre las partes.
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Según explicó Alexandra Cárdenas, jefe de la Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción de la Contraloría General de la República, las investigaciones preliminares tienen un tiempo de seis meses para recolectar las pruebas.
Asimismo, la funcionaria de la Contraloría dijo que, si se termina esta alcaldía y no se culminan los procesos de investigación, las personas implicadas tendrán antecedentes fiscales y deberán pagar por el detrimento que se establezca en el fallo de responsabilidad fiscal.




