El tribunal resaltó la necesidad de evidencia clara y una interpretación precisa de la normativa electoral en casos de presunta doble militancia.
En la tarde del jueves 27 de febrero de 2025, el Consejo de Estado emitió dos fallos que ratifican la legalidad de las elecciones de los gobernadores de Nariño y Cesar, rechazando las solicitudes de nulidad presentadas en contra de Luis Alfonso Escobar Jaramillo y Elvia Milena Sanjuan Dávila, respectivamente.
A través de estas decisiones, emitidas en única instancia, el alto tribunal subrayó la importancia de contar con evidencia clara y una correcta interpretación de la normativa electoral cuando se trata de acusaciones de doble militancia. Este pronunciamiento marca un precedente sobre los límites de la doble militancia y la necesidad de pruebas contundentes en casos similares.
Caso Nariño: Luis Alfonso Escobar Jaramillo
La demanda contra Luis Alfonso Escobar Jaramillo, gobernador de Nariño para el período 2024-2027, fue presentada por Yolanda del Socorro Bolaños. La demandante alegó que Escobar Jaramillo incurrió en doble militancia al haber apoyado a Nicolás Toro Muñoz, candidato a la alcaldía de Pasto, quien pertenecía a una coalición diferente a la de Escobar Jaramillo en las elecciones territoriales de 2023.
La acusación se basó en videos y fotografías que mostraban al gobernador electo participando en eventos de campaña junto a Toro Muñoz. Según la demandante, estos actos constituían un apoyo político ilegal. Sin embargo, la defensa argumentó que el Polo Democrático Alternativo, partido de Escobar Jaramillo, no tenía candidato propio para la alcaldía de Pasto y que no existe una obligación legal de respaldar a todos los candidatos de una coalición.
El Consejo de Estado, tras revisar las pruebas y argumentos presentados, determinó que la mera presencia de Escobar Jaramillo en eventos de Toro Muñoz no era suficiente para probar un apoyo explícito y violación a la ley de doble militancia. El tribunal precisó que la prohibición de doble militancia no aplica cuando un candidato solo asiste a eventos sin ofrecer un respaldo claro y directo a los aspirantes de otras coaliciones.
Esta decisión reafirma la legalidad de la elección de Escobar Jaramillo y establece un precedente importante sobre los límites de la doble militancia, aclarando que la asistencia a eventos de otros partidos no equivale a un acto ilegal.
Caso Cesar: Elvia Milena Sanjuan Dávila
En el caso de Elvia Milena Sanjuan Dávila, gobernadora del Cesar, la Sección Quinta del Consejo de Estado también rechazó las demandas de nulidad presentadas por Luis Fernando Padilla Pérez y David Sierra Daza. Los demandantes acusaban a Sanjuan Dávila de apoyar a candidatos de otros partidos, lo que presuntamente violaba la ley de doble militancia.
Las acusaciones se centraban en presuntos actos de apoyo a candidatos de otras colectividades en varios municipios del Cesar. Sin embargo, el Consejo de Estado determinó que en la mayoría de los casos no se probó el elemento modal de la doble militancia, ya que el Partido de la Unión por la Gente, al que pertenece Sanjuan Dávila, no había inscrito candidatos propios en esos municipios.
Además, el tribunal analizó el caso de Neil Cárdenas Serpa, candidato al Concejo de Chimichagua, y concluyó que, aunque el Partido de La U tenía candidatos propios, las pruebas no demostraron un respaldo explícito por parte de Sanjuan Dávila. En cuanto a la candidata a la Alcaldía de San Diego, Maritza Villero, la falta de pruebas concluyentes llevó al tribunal a desestimar las acusaciones.
El fallo reiteró que la prohibición de la doble militancia solo se aplica cuando el partido del acusado tiene candidatos propios y que los actos de apoyo deben ser claros y evidentes. Asimismo, el tribunal destacó que las coaliciones no eliminan la militancia en el partido de origen, lo que otorga cierta flexibilidad a los candidatos cuando no hay contendientes de su propia colectividad.
Con estas decisiones, tanto Luis Alfonso Escobar Jaramillo como Elvia Milena Sanjuan Dávila mantienen su legalidad en los cargos de gobernadores de Nariño y Cesar, respectivamente. El Consejo de Estado subrayó la importancia de la transparencia y el debido proceso en la resolución de disputas electorales, marcando un hito en la jurisprudencia sobre la doble militancia en Colombia.




