La Corte Constitucional confirmó la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado que declaró la nulidad de la elección de Antanas Mockus Sivickas como Senador en el periodo 2018-2022.
Según una anterior sentencia proferida por el Consejo de Estado, el profe Mockus estaba inhabilitado para ser elegido en el cargo porque era al mismo tiempo presidente y representante legal de Corpovisionarios» firma que obtuvo jugosos contratos con el Estado.
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El alto tribunal aseguró que a pesar de haber delegado funciones funciones contractuales a Henry Samuel Murrain, la firma celebró seis meses antes de la elección dos convenios con la Agencia de Cundinamarca para la Paz y el Posconflicto y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos de Bogotá.
Antanas alegó no estar inhabilitado porque no había participado materialmente en ese proceso de contratación, presentó una tutela contra esa decisión. Adicional, cuestionó que antes, el mismo Consejo de Estado había negado una demanda de pérdida de investidura bajo los mismos argumentos de la demanda de nulidad.
De acuerdo con los demandantes el profesor Mockus» estaba inhabilitado para ejercer cargos públicos porque había violado las normas, dado a que ninguna persona puede lanzarse al Congreso y al mismo tiempo suscribir contratos con el Estado».
La decisión se tomó con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar.
Salvaron voto los magistrados Alejandro Linares y José Fernando Reyes, así como el conjuez Humberto Sierra Porto.
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