CONDENAN A ENTIDADES POR ACCIDENTE DE MENOR

El Tribunal Administrativo sancionó a la propietaria de un club particular, la Alcaldía y el Irdet.
El herido en su momento fue llevado a un hospital.
[responsivevoice_button voice="Spanish Latin American Male" buttontext="Escuchar Noticia"]
Compartir en

El Tribunal Administrativo de Boyacá condenó mancomunadamente a indemnización de perjuicios a la propietaria del Acuaclub, la Alcaldía de Tunja y al Irdet por el accidente de un niño en una piscina pública.

El suceso

El suceso del infante ocurrió el 27 de junio del 2012, mientras realizaba su entrenamiento como integrante del grupo de natación de la escuela de formación deportiva del Irdet, donde en el área circundante de la piscina, perteneciente al mencionado club, había un cuarto de máquinas sin ninguna señalización, a la cual cayó el niño a una profundidad aproximada de tres metros, causándose graves lesiones.

Solicitud

Ante esto, por vía de reparación directa, solicitaron los demandantes que se declarara al municipio de Tunja, al Instituto de Recreación y Deportes de la ciudad (Irdet) y al Acuaclub o Centro Acuático Andino administrativa, extracontractual y patrimonialmente responsables en forma solidaria, tanto en los perjuicios materiales como inmateriales que les fueron originados por el accidente sufrido por el niño.

La conclusión

“Dadas las indicaciones particulares del escenario donde se presentó el accidente, en el que a diario ingresaban menores de edad para el desarrollo de clases de natación, resultaba procedente condenar al Acuaclub Andino como responsable directo de la seguridad de la piscina”, explicó el Tribunal.

La vigilancia

El organismo judicial decidió también condenar al municipio de Tunja por su negligencia en la vigilancia del escenario de utilización mayoritaria de menores de edad e incluso de uso diario de un colegio de la ciudad. “Al Irdet, igualmente, se le condenó por su posición de garante frente al cuidado del menor al momento del accidente, aplicando la teoría de la responsabilidad objetiva”, señaló el Tribunal.    

Negligencia

Por otro lado, en su debido momento padres de familia como Lorena Ballesteros se quejaron por la negligencia que hubo al no responder por los daños y lesiones del menor y su familia, ya que, según ellos afirmaron que dejaban a los menores en los centros de deportes en total cuidado de los profesores y creían que esa era la segunda casa de ellos para que pudieran estar sanos y salvos.


Compartir en

Te Puede Interesar