La Ley que reformó el Estatuto Orgánico de Bogotá y que permite la creación de nuevas localidades en la ciudad fue refutado por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
Según la Ley 2116 de 2021, aun si el POT es expedido por la alcadesa de turno y no por el Concejo, entonces no puede incorporar más localidades a la ciudad.
Este tema ha generado polémica. El magistrado Jorge Ibáñez dijo que lo aprobado en la ley “no viola la Constitución siempre y cuando el acto en el que se defina la delimitación corresponda a un acuerdo del Concejo y si el Plan de Ordenamiento Territorial es expedido por Decreto del Alcalde Mayor, ese acto no puede incorporar la delimitación territorial de las localidades del Distrito Capital de Bogotá”.
El alto tribunal también se pronunció y puntualizó que en otro artículo de la ley el Confis Distriral tiene las competencias para autorizar este tipo de cambios o inclusiones.
Por el momento, la discusión continúa, sin embargo, hasta ahora, Bogotá se quedará con las localidades ya existentes, sin incluir una más.




