La Procuraduría General de la Nación tomo la decisión de destituir e inhabilitar por 15 años al Mayor Juan Carlos Gutiérrez Herrera, quien se desempeñaba como comandante de la Policía en el municipio de Acacías, Meta. Esta acción disciplinaria se ha llevado a cabo debido a los actos de acoso laboral perpetrados contra la patrullera Miryan Yaneth Díaz Bobadilla, acciones que constituyen discriminación por razón de género.
Transgresión
Según confirmación del Ministerio Público, el Mayor Gutiérrez afectó tanto laboral como emocionalmente a la patrullera Díaz Bobadilla al ignorar las restricciones médico-laborales emitidas por el Tribunal Médico Laboral de revisión militar y de policía, que estaban destinadas a salvaguardar su salud e integridad física. Estas restricciones, que incluían la imposibilidad de realizar ciertas actividades administrativas debido a una patología, fueron ignoradas y transgredidas por el comandante.
Violencia de genero
El proceso disciplinario se llevó a cabo bajo un enfoque diferencial con perspectiva de género, destacando la importancia de la lucha contra la violencia de género y la revictimización de la mujer. Se constató que el Mayor Gutiérrez realizó comentarios descalificativos sobre la profesionalidad de la patrullera y reveló aspectos de su vida personal y laboral, vulnerando así su derecho a la intimidad y buen nombre.
Además, se comprobó que el oficial utilizó expresiones denigrantes para referirse al desempeño de la patrullera en su servicio policial y realizó seguimientos de sus actividades personales, incluyendo su movilidad en motocicleta y bicicleta, así como sus visitas a establecimientos como salones de belleza y spas. Todo esto, sin tener en cuenta su condición de madre cabeza de familia y su responsabilidad hacia sus padres ancianos.
Gravedad
El Ministerio Público concluyó que las acciones del Mayor Juan Carlos Gutiérrez Herrera constituyen un claro caso de violencia de género, con un impacto negativo tanto en lo social como en los derechos fundamentales de la víctima. La Procuraduría Delegada de Juzgamiento 2 calificó la conducta del mayor como gravísima y a título de dolo, reafirmando así la gravedad de sus acciones y la necesidad de imponer una sanción ejemplar.




