Una parte de los pensionados de Colpensiones recibirá un pago adicional a partir de julio, gracias a la reciente aprobación de la reforma pensional en el Congreso. Este beneficio, aunque no aplica para la totalidad de los jubilados, sí cobijará a un segmento significativo de aquellos que contribuyeron al fondo público.
Para ser elegibles y recibir esta mesada extra, los pensionados deben cumplir con criterios específicos:
- Aquellos que se pensionaron antes del 25 de julio de 2005 y cuya pensión no supere los 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Quienes se jubilaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, siempre y cuando su pensión no exceda los 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Adicionalmente, se verán beneficiados quienes sean receptores de ajustes ordenados por el Decreto 2108 de 1992, recibiendo un pago de treinta días adicionales a partir de junio de 1996. Para reclamar este derecho, los pensionados deben presentar una solicitud por escrito a Colpensiones, que tendrá un plazo de 15 días para responder. En caso de una respuesta negativa, el pensionado tiene la opción de iniciar una demanda contra el fondo.
Este pago extra será consignado directamente en la cuenta de ahorros registrada por cada pensionado ante Colpensiones. Con la nueva reforma, Colpensiones se perfila como el único pagador de pensiones para los colombianos, gestionando una porción de las contribuciones (hasta los primeros 2.3 salarios mínimos) de todos los aportantes.
