El conocimiento de los resultados de las elecciones en el departamento y su análisis es una herramienta fundamental para entender los problemas de nuestra democracia.
La elección presidencial de Colombia de 2022 se celebrará el 29 de mayo de 2022, y en ella se escogerán al presidente y vicepresidente del país para el periodo 2022–2026. La fórmula ganadora deberá obtener la mitad más uno del total de votos válidos, de lo contrario se realizará el 19 de junio de 2022 una segunda vuelta entre los dos candidatos con mayor votación. El candidato que obtenga la victoria gobernará por un periodo de cuatro años sin derecho a reelegirse.
Constitución
Según la Constitución de Colombia, pueden ejercer su derecho a sufragio los ciudadanos mayores 18 años de edad que no hagan parte de la Fuerza Pública, no estén en un proceso de interdicción, y que no hayan sido condenados. Las personas que se encuentran en centros de reclusión, tales como cárceles o reformatorios, podrán votar en los establecimientos que determine la Registraduría Nacional. La inscripción en el registro civil no es automática, el ciudadano debe dirigirse a la sede regional de la Registraduría para inscribir su identificación personal en un puesto de votación.
Proceso
La elección del presidente de la república se hace junto con la del vicepresidente, siendo este último su fórmula; la estadía en el cargo será de cuatro años sin posibilidad de reelección. El proceso de elección no se realizará simultáneamente con cualquier otro. La Constitución política en su artículo 191, establece que quien pretenda llegar al cargo debe ser colombiano de nacimiento y tener la nacionalidad, asimismo, ser mayor de treinta años. La primera vuelta se celebrará el último domingo de mayo, que para el 2022 será el día 29, y resultará ganador quien haya obtenido la mitad más uno de los votos. En caso de que ninguno de los aspirantes obtenga esta ponderación de los votos, los dos candidatos que en primera vuelta hayan obtenido la mayoría de los votos irán a la segunda vuelta; el ganador será quien logre la mayoría de los votos.
Voto blanco
De acuerdo con la sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional de Colombia, que declaró la exequibilidad de la Ley 1475 (Reforma Política), el voto en blanco es “una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos” y agrega que “el voto en blanco constituye una valiosa expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector. Como consecuencia de este reconocimiento la Constitución le adscribe una incidencia decisiva en procesos electorales orientados a proveer cargos unipersonales y de corporaciones públicas de elección popular.

