Cargos contra 16 exconcejales

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La Procuraduría los investiga por una presunta extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra 16 concejales del municipio de Florencia, Caquetá, que integraron el Concejo Municipal en el año 2022, por una presunta extralimitación en el ejercicio de sus funciones al aprobar un acuerdo que amplió el objeto social de las Empresas Públicas Aguas de Florencia S.A.S. E.S.P.

Indagaciones

De acuerdo con el ente de control, los entonces cabildantes habrían autorizado que la empresa de servicios públicos asumiera actividades que no corresponden a su naturaleza jurídica, al incluir dentro de su objeto social el catastro multipropósito, un servicio que, según la normativa vigente, es ajeno a las funciones propias de este tipo de entidades.

Los señalados

Los concejales cobijados con la decisión disciplinaria son Nolberth Augusto Almario Argüello, Jhon Jairo Andrade Pinzón, Martha Lucía Cabrera Bravo, Luz Stella Castro Peñuela, Heidy Cerquera Ángel, Martha Cecilia Cortés de Ortega, Eyder Cifuentes Muñoz, Neyson González Gustavo, Álvaro Hernández Salazar, Estefanía Núñez Perdomo, Camilo Penagos Pacheco, Carlos Arbey Rubiano Borda, Diego Felipe Silva Cabrera, Gersaín Torres Figueroa, Jovanny Vásquez Gutiérrez y William Vera Figueroa. De este grupo, seis continúan actualmente ejerciendo funciones como concejales.

Según la investigación adelantada por la Procuraduría Regional de Instrucción de Caquetá, los corporados habrían excedido sus competencias al permitir que Aguas de Florencia S.A.S. E.S.P. asumiera responsabilidades relacionadas con la gestión del servicio público catastral, una función que por mandato legal corresponde directamente al Estado.

El organismo de control recordó que el servicio catastral debe ser ejercido por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), en su calidad de máxima autoridad catastral nacional, o por los entes territoriales y los esquemas asociativos de entidades territoriales que estén legalmente habilitados para tal fin, mas no por empresas de servicios públicos domiciliarios.

Marco legal

La Procuraduría consideró que, con la aprobación del mencionado acuerdo municipal, se habrían incorporado actividades propias de la gestión catastral que desbordan el marco legal establecido para las empresas de servicios públicos, lo que podría configurar una falta disciplinaria.

La conducta atribuida a los investigados fue calificada provisionalmente como grave, a título de culpa grave, lo que implica que, de comprobarse la responsabilidad disciplinaria, los concejales podrían enfrentar sanciones conforme a lo previsto en el Código General Disciplinario.


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