Caleños pueden ser denunciados

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Ha hecho carrera que ciudadanos, de manera ingenua y otros haciendo política de baja calidad, utilicen las redes sociales para emitir injurias y calumnias contra funcionarios públicos y organismos oficiales del Gobierno que orienta Jorge Iván Ospina, algo que se considera atenta contra el buen nombre y el debido proceso.

En ese sentido, el Alcalde de Cali recordó que algunas personas, en su intención de tener visibilidad pública, utilizan esta clase de señalamientos que, de acuerdo con la Fiscalía General de la Nación, en voz de su titular, deben ser penalizadas.

“Sobre lo dicho por el señor fiscal Barbosa, estoy completamente de acuerdo, porque no se puede ir por la calle, a través de redes sociales o de vocería pública, manifestando situaciones no ciertas frente a los demás o a figuras públicas, lo que no es apropiado”, anotó Ospina.

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Por su parte, el Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública está presto para  contrarrestar, desde la normatividad, estas opiniones que lesionan la dignidad y el honor, conductas que están tipificadas en el Código Penal.

Al respecto, la titular jurídica del Distrito, María del Pilar Cano Sterling dijo: “esas conductas están tipificadas en el Código Penal como delitos o hechos punibles, por tanto cuando se dicen cosas que no son ciertas se interponen las correspondientes denuncias ante la Fiscalía, a efecto de que se inicien las investigaciones de carácter penal”.

La funcionaria hace un llamado a quienes pretenden mancillar el buen nombre sin tener pruebas y basados en simples comentarios, a que evalúen la información. “Uno no puede responder simplemente a situaciones, sin constatar o validar efectivamente lo que se dice”, consideró. 

Indicó que el Distrito está atento para responder cualquier inquietud, dar la información que se requiera y aclarar las situaciones por los canales oficiales y legales como www.cali.gov.co y contactenos@cali.gov.co.

Finalmente, el Código Penal Colombiano precisa que quien impute falsamente a otro una conducta típica, incurrirá en prisión de 16 a 70 meses y multa de 13,33 a 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


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