Buscan garantizar agua potable para todos los habitantes de Boyacá

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Para brindar un mejor servicio a los ciudadanos y facilitar las herramientas, la Gobernación de Boyacá facilita los procesos para realizar los trámites a los usuarios, de tal manera que puedan adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la Ley.

Los tramites

Uno de los trámites de la Secretaría de Salud de Boyacá es la solicitud de autorización sanitaria de calidad de agua para consumo humano, el cual es un requisito obligatorio para obtener la concesión de agua ante la autoridad ambiental y puede ser realizado por cualquier persona, es decir que no necesita de personal especializado para su trámite y no tiene ningún costo.

Según Yaneth Zipa Casas, referente del Programa de Calidad de Agua, este trámite se da inicio con la presentación de un formato, que tiene los datos básicos del prestador del servicio de acueducto, el cual debe firmar el representante legal del sistema de suministro de agua, incluyendo el número telefónico. Adicionalmente debe incluir copia de Cámara de Comercio actualizada y el plano hidrográfico del municipio, que puede obtener del esquema de ordenamiento territorial, “con esos tres requisitos asignamos a un profesional en Ingeniería Sanitaria, para realizar una visita de inspección sanitaria desde el punto de captación de la fuente abastecedora y áreas de influencia, una vez la haga, el profesional deja copia del acta en la que se solicita el análisis fisicoquímico y microbiológico, con los parámetros que consideren convenientes, de acuerdo con lo que se haya evidenciado en campo”, expresó, Yaneth Zipa, ingeniera.

El análisis

Una vez se obtenga el resultado de los análisis de calidad de agua cruda, realizados por un laboratorio autorizado por el Ministerio de Salud y Protección Social, se deberá elaborar el diseño del sistema de tratamiento requerido para que el agua sea potable y que cumpla con la Resolución 2115 de 2000 y presentar la memoria de cálculo y los planos, firmados por un Ingeniero Sanitario o Civil, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Técnico de Agua Potable y Saneamiento Básico.

“Después de entregados los documentos anteriormente mencionados, la Secretaría de Salud tendrá 30 días hábiles para emitir la Resolución de Autorización Sanitaria, la cual será notificada únicamente al representante legal del acueducto solicitante”, indicó la referente.

Ante esto la comunidad, expresó su contento, pues podrán tener acceso al agua potable de una manera más sencilla, “es muy importante tener acceso a este recurso y poder tramitar el agua potable como ciudadanos”, concluyó. Ramiro Pérez, beneficiado.


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