Alcanza a pagar el predial

El plazo se extienden hasta el mes de agosto, aunque con un descuento del doce porciento, para que haga efectivo el pago del mismo.
Secretario encargado
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La alcaldía municipal, a través del secretario de hacienda, Jaime Ramírez Plazas informó sobre la ampliación del pago de impuesto predial hasta agosto, a su vez podrá aplicar a un descuento del 12% del total de la factura.

Esta estrategia se adelanta desde hace dos meses, mediante el Acuerdo N°13 de 2023 aprobado por el concejo municipal, mismo que otorgó un descuento de 50% hasta el pasado 30 de junio.

Según el funcionario son cerca de cincuenta y nueve mil contribuyentes que no han llevado a término la obligación financiera, por lo que se decide ampliar el plazo y adicionar el descuento; “Ya el acuerdo quedó sancionado por el Concejo de Neiva permite obtener esta ventaja tributaria a los contribuyentes que no pudieron pagar” afirmó Ramírez Plazas.

El avalúo de ingresos que representarían los pagos a la cartera del municipio es de unos ciento diecisiete mil millones de pesos, adicionalmente se conoció que son cerca de cuarenta y ocho mil los contribuyentes que adeudan vigencias anteriores, a los cuales se les aplica el incremento en intereses por mora.

Son sesenta mil millones de la deuda de años anteriores, algunos ciudadanos deberían desde el año 2018, por otro lado, datos otorgados por la secretaría informan que en estudios adelantados se estableció que el 80% de los deudores son neivanos de los estratos cuatro, cinco y seis, mientras que los estratos uno, dos y tres cancelaron.

El impuesto predial unificado, hace parte de los tributos locales, por lo que lo recaudado se invierte en el municipio, este lo debe realizar todo poseedor o propietario de bien, inmueble o predio, acorde al avalúo catastral que establece el base gravable mismo que es diferencial y progresivo basado en los estratos socioeconómicos, uso del suelo, sector.

La medida que nace en 1887 se ha ido transformando con los años, sin embargo, fue reiterada en la constitución de 1991, por lo que quienes no puedan realizar el pago pueden enfrentar un cobro persuasivo y posteriormente coactivo, es decir el embargo del inmueble.


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