Durante el 2024, diversos desastres naturales, como incendios, inundaciones y sismos, afectaron a más de un centenar de hogares en los sectores de La Campiña, Montebello, La Paz, Chiminangos y San Pascual. Frente a esta situación, la Alcaldía de Santiago de Cali, a través de la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat, activó el subsidio distrital de vivienda en modalidad de arrendamiento temporal, beneficiando a 118 familias afectadas.
Este subsidio, que corresponde a un porcentaje de un salario mínimo mensual legal vigente, tiene como objetivo ofrecer un alivio inmediato a las familias en situación de vulnerabilidad, de forma temporal para que puedan tener tiempo de resolver los daños estructurales en sus viviendas o su situación.

La Secretaría de Vivienda Social y Hábitat, liderada por María del Mar Mozo, indicó que aunque se atendieron a todas las familias que cumplieron con los requisitos y se logró la caracterización de su situación, en algunos casos no pudieron acceder al subsidio debido a la falta de la documentación requerida o su negativa a abandonar las viviendas afectadas, a pesar de los riesgos que esto representa.
«El compromiso de esta Administración, bajo el liderazgo del alcalde Alejandro Eder, es garantizar el bienestar de las familias en todos los aspectos relacionados con el sector vivienda y hábitat. Desde la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat, continuamos brindando apoyo a aquellos hogares que atraviesan situaciones de vulnerabilidad, siempre en cumplimiento con los requisitos legales establecidos», expresó Mozo.
¿Cómo acceder al subsidio de arrendamiento temporal?
El subsidio de arrendamiento temporal está dirigido a hogares que se encuentren en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, como desastres naturales. Para acceder a este beneficio, los hogares deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Composición del hogar: el hogar puede estar conformado por una o más personas
- Ingreso: los ingresos mensuales no deben superar dos (2) veces el salario mínimo mensual legal vigente
- Propiedad: ningún miembro del hogar debe ser propietario de una vivienda registrada en la Oficina de Registros o en el Catastro, distinta a la propiedad que haya sido afectada por un desastre natural o esté vinculada a un proceso de reubicación
- Historial de subsidios: ningún miembro del hogar debe haber recibido previamente el Subsidio Distrital de Vivienda, salvo que se haya renunciado y se haya devuelto el monto al Fondo Especial de Vivienda de Santiago de Cali. También aplica si la vivienda subvencionada ha quedado inhabitable por causas de fuerza mayor, como desastres naturales o calamidades públicas
- Registro en base de datos: estar registrado en la base de datos de las entidades competentes, según el tipo de situación que generó la necesidad de reubicación o el desastre
- Acta de restitución de bienes públicos: en algunos casos, será necesario presentar el acta emitida por la autoridad competente que confirme la restitución de un bien público afectado por el desastre
Recursos limitados, pero compromiso firme
El número de subsidios disponibles dependerá de los recursos disponibles del organismo, sin embargo, esta medida representa no solo una respuesta inmediata a las emergencias, sino también un paso importante hacia la recuperación y fortalecimiento del tejido social de la ciudad. La Alcaldía de Santiago de Cali reafirma su compromiso con el bienestar de los habitantes y con la mejora de las condiciones de vida de los hogares más vulnerables.
