Desde el pasado 16 de noviembre del presente año empezó a regir el Decreto 1408 emitido por el Gobierno Nacional en conjunto con el Ministerio de Salud y Protección Social que anuncia que todos los ciudadanos mayores de 18 años deberán presentar el carnet de vacunación que evidencie la aplicación del antígeno contra el covid-19 para entrar a cualquier evento o establecimiento que implique cualquier tipo de aglomeración, de lo contrario, serán los alcaldes municipales los que correrán con sanciones si se evade esta medida.
El comunicado
La medida tiene por objetivo garantizar la meta de vacunación del 70% de los colombianos, pero también permitir una reactivación económica más segura y alejar a la población de un posible cuarto pico. Además, se busca que todos los establecimientos comerciales o lugares de ocio garanticen una mayor seguridad para que, en casos como el ingreso al cine, la persona pueda quitarse el tapabocas, teniendo la seguridad de que se encuentra vacunado. Por otro lado, el Ministerio aclaró que para el ingreso a las iglesias este no será obligatorio, a menos que se lleve un evento o congregación que implique la asistencia de cientos de personas y se supere el límite de aforo permitido.
Lo que establece
No será necesario exigir carnet a aquellos establecimientos o espacios que permitan mantener un metro de distancia entre las personas, esto solo aplicará para los lugares en donde no se pueda cumplir dicha norma y las personas se encuentren interactuando por un largo tiempo con un grupo de personas, lo que incluye gastrobares, restaurantes, discotecas o establecimientos de atención al público.
Sanciones
Desde el Ministerio se fue muy enfático en que todos los municipios deben acatar la norma, y que, en dicho caso de incumplirla, los municipios serán penalizados por hacer caso omiso a la medida. En este caso, entrará a regir el Código de Policía que va desde un llamado de atención hasta el cierre del lugar, multando al propietario y no al ciudadano. Así, hasta el momento, la medida regulatoria está dada para todos los eventos masivos tales como conciertos, ferias y sitios como restaurantes, bares, gastrobares, bingos, casinos, estadios, o cualquier otro tipo de reunión masiva que se realice en un establecimiento comercial.




