El Alcalde de Taminango Miller Urbano fue notificado en primera instancia por la Procuraduría Regional de Nariño con destitución del cargo e inhabilidad para ejercer cargos públicos por 10 años. El mandatario espera revertir el fallo en segunda instancia ya que según la ley el proceso continúa.
Presunta mala contratación
El fallo fue expedido, ante una presunta mala contratación en el proceso de la compra de un lote en el municipio, a lo que el mandatario municipal, manifestó que esto se debe a una persecución política de un grupo minoritario, que perdió las elecciones y que, en vez de buscar desarrollo para la población, se dedican a realizar denuncias que en su concepto no tienen fundamento.
No cumple parámetros de ley
De acuerdo con lo que manifiesta la Procuraduría, el lote fue comprado para la construcción de una estación de Policía y de acuerdo con este ente, esto se hizo sin cumplir con los parámetros dispuestos por la ley.
Inhabilidad preventiva
Hay que tener en cuenta que según la normativa colombiana las personas naturales que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos contra la Administración Pública o de cualquiera de los delitos o faltas contemplados por la Ley 1474 de 2011 y sus normas modificatorias o de cualquiera de las conductas delictivas contempladas por las convenciones o tratados de lucha contra la corrupción suscritos y ratificados por Colombia, así como las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables administrativamente por la conducta de soborno transnacional, tendrán una inhabilidad que procederá preventivamente aún en los casos en los que esté pendiente la decisión sobre la impugnación de la sentencia condenatoria.




