Yoan Garay Diaz, abogado demandante y Carlos Imbacue, Personero de Aipe.
Yoan Orlando Garay Diaz denunció mal manejo en el proceso que terminó con la elección del Personero Carlos Felipe Imbacuan Cárdenas para el municipio de Aipe, puesto que al parecer se habrían presentado dos puntos que incurren en asuntos legales. Debido a ello, el Juzgado Tercero Administrativo de Neiva aceptó las acusaciones del abogado y admitió el Medio de Control de Nulidad Simple sobre la resolución 021 de 2023 que convocó dicho concurso.
El conflicto
El meollo de la situación surge a partir de las dos anomalías que el demandante argumentó para solicitar que se declare nulo la elección del Personero Municipal de Aipe. “ la primera se da en el proceso de selección la Universidad que iba a adelantar el concurso, quien hace la convocatoria invocando el objeto a contratar, mediante la modalidad de prestación de servicios y el cabildo termina suscribiendo un convenio interadministrativo con la Uceva, quien actualmente adelanta dicho concurso de selección del personero del municipio de Aipe”, indicó.
Por otro lado, el segundo reclamo parte de que la resolución anteriormente mencionada que convoca y sienta las bases del concurso, debía estar suscrita por los concejales que hacen parte de la mesa directiva, pero la misma solo la suscribió la mitad de la misma. En ese caso actuaron presidente y vicepresidente.
Otros lunares
De igual manera, de acuerdo a informes preliminares, la Unidad Central del Valle del Cauca (UCEVA) habría incurrido en irregularidades en la elaboración de las preguntas adheridas a la prueba de conocimiento las cuales carecían de estructura suficiente. Y a pesar de que los reclamos fueron puestos en conocimiento la Universidad hizo caso omiso a las aseveraciones y al final no accedió a eliminar las preguntas que presuntamente distorsionaban la elección.
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En ese orden de ideas, “ “citan una ley diferente a la preguntada en la prueba de conocimiento de la cual tengo evidencias, pues en dicha pregunta citan la Ley 1755 de 2015 y preguntan sobre la ley 1757 de 2015, por esto cursan dos tutelas, una la presenté y está pendiente de fallo por parte del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Neiva, Huila, y estamos a la espera que se pronuncie en Derecho amparando los derechos fundamentales violados por el cabildo municipal de Aipe y la UCEVA”, finalizó el querellante.


